Elaboramos sus Escritos de Cumplimiento

¿Presentaste tu trámite y te llegó un correo electrónico del Instituto Nacional de Migración (INM) en donde te pide documentación o información y no sabes qué hacer?
O
¿Al dar seguimiento a tu trámite a través de la página del INM, con el número de Pieza y Contraseña, te aparece una notificación y el asunto del oficio es "Prevención"?
¡¡¡Nosotros te ayudamos a redactar el escrito para que des cumplimiento a las peticiones del INM!!!

El INM cree que los extranjeros son expertos en leyes y utiliza palabras técnicas al momento de elaborar sus oficios, por lo que es complicado dar cumplimiento a lo que el INM solicita.

¿Cómo es que Legext me ayudará?

Al contratar nuestros servicios, Usted nos envía un correo electrónico con el asunto «Desahogo de Requisitos» además de una reseña del trámite que presentó y el archivo PDF que contiene el oficio que se va a responder, o bien, nos lo puede enviar por Whatsapp a cualquiera de los números de contacto que aparecen al final del texto.

Nosotros recibimos el correo, analizamos el contenido del mismo, así como el archivo adjunto y  elaboramos el escrito para contestar la petición del  INM.

¿Cuál es el costo de este servicio?

El costo por escrito de desahogo depende de la complejidad del mismo.

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  • Hola! tengo una duda, yo soy residente temporal con permiso de trabajo (ya lo he renovado dos veces, o sea dos años). Pero ya dejé de trabajar con la empresa que originalmente me contrató y ahora trabajo de manera informal.
    Mi residencia temporal vence en agosto. ¿hay manera de poder renovar la residencia temporal o adquirir residencia permanente aunque no tenga carta de empleo? gracias estoy angustiado.

    • Brian buenos días, no puedes renovar y mucho menos adquirir la residencia permanente, para renovar necesariamente necesitas la carta de continuidad laboral y para la permanente necesitas 4 años como residente temporal. Respecto lo último, se puede obtener la residencia permanente en dos años, siempre y cuando la residencia se obtiene por vinculo familiar (por estar casado), pero por oferta de trabajo no aplica.

      Para responder tus preguntas, me puedes llamarManuel Verdugo al número 5550071574.

      Me puedes llamar en éste momento, y hasta las 3 pm.

      Legext

      Saludos.

      Manuel Verdugo

      manuel.verdugo@legext.com.mx

  • Soy residente temporal dependiente económico y me encuentro realizando mi trámite para la obtención de permiso de trabajo. Consigné todos los documentos ante migración y me llegó un oficio con asunto “prevención” en donde señalan que debo presentarme a entregar un requisito faltante: la carta de oferta de empleo. Sin embargo esa documentación si fue entregada.

    ¿A qué cree se deba esto? O ¿qué significa?

    • Hola Verónica, resulta complicado tratar de saber que sucede, ya que la prevención es clara. Lo que te recomiendo, es presentar un escrito que indique que si presentaste la Carta Oferta de Trabajo; y no obstante lo anterior, presentes, otra vez, la Carta Oferta de Trabajo.

      Me puedes contactar por WhatsAppManuel Verdugo al número 5550071574.

      Legext

      Saludos.

      Manuel Verdugo

      manuel.verdugo@legext.com.mx

  • Buena tarde,

    Soy extranjera, recibe un oficio con Asunto <>

    2 Copias del presente oficio
    2 Copias de NUT
    2 Copias de Pasaporte vigente
    2 copias de testigos

    Mi tramite es Regularizacion por vinculo familiar (por medio de hij@)

    Porque razon estan solicitando todo de nuevo y dos testigos?

    Cordialmente Luana

    Luana buenos días, no te piden nada nuevo, te solicitan te presentes a una entrevista, en donde tienes que llevar el oficio en donde te citan, la hoja que te dieron al inicio del trámite (NUT), tu pasaporte para identificarte y la identificación de los testigos. (original y copias)

    Si tienes dudas, llámame al 55 50071574 WhatsApp
    manuel.verdugo@legext.com.mx

  • Buenas tardes, quisiera ver si ustedes me pueden ayudar con una duda:

    Cuanto tiempo tengo para hacer el pago de derechos una vez que se ha emitido resolución positiva (y se me notificó) sobre una solicitud de cambio de condición de estancia a residente temporal?

    Gracias por su atención.

    • Buen día Diana, la forma de trabajar cambia de delegación del INM a delegación del INM, en algunas el tiempo que se le otorga para presentar el pago de derechos se encuentra en el oficio por el que le notifican la resolución positiva, en otras se les requiere primero el pago y posteriormente se les notifica la resolución positiva, en otras se realiza el pago al momento de presentarse a poner huellas y firmar.

      Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda puede comunicarse conmigo por Whatsapp al número 5585836236.

      Saludos.

      Angel Hernández

      a.hernandez@legext.com.mx

  • Buenas tardes vivo en México estoy casada con un mexicano pero aún no iniciamos el trámite de regularización quiero salir del país a visitar a mi madre ya k se encuentra un poco mal d salud mi pregunta es puedo ingresar d nuevo a México con el acta de matrimonio o no seria suficiente para k me dejen ingresar d nuevo al país tenemos año y medio d casados

    RESPUESTAS-LEGEXT: Carmen buenas tardes, no le recomiendo salir del México, el hecho de que viaje con el acta de matrimonio no le garantiza que le permitan el ingreso.

    Me puede llamar al 55 50071574

  • buenos dias soy colombiana y solicite refugio en la comar pero por desconocimiento lo solicite despues de los 30 dias que ingrese a mexico como turista, la comar me denego el ingreso pero me dijo que podia apelar. me podrias ayudar por favor muachas gracias

    RESPUESTAS-LEGEXT: Buen día, le ofrezco una disculpa, no le puedo ayudar respecto de un trámite negado por la COMAR, sin embargo, si puedo decirle que ante el INM debe de presentar un trámite de regularización o de cambio de condición de estancia haciendo valer una oferta de trabajo o por tener vínculo familiar.

    Saludos

    Manuel Verdugo

  • Hola,mi esposo es cubano y lleva aquí en México 4 años y 2 meces .el entro por contrato de trabajo y aun esta trabajando .pero no en la misma empresa donde entro ,sino en otra pero de la misma rama de la salud pero ahora de forma independiente. Y en el inm le están poniendo obstáculos para no darle la residencia permanente .ya esta todo lo q le han pedido legal y hasta han verificado y todo esta ok y aun así no le quieren otorgar su residencia permanente .que debemos hacer en este caso .gracias .queremos saber si por la temporalidad que lleva se la pueden dar también .

    • Buen día Lazara, la residencia permanente se obtiene a los 2 años de estar casado con una mexicana o residente permanente siempre que se cuente con una legal estancia o por permaneces 5 años en México con una legal estancia.

      Ahora bien, el por que no le han otorgado su residencia permanente puede deberse a la carga de trabajo de la delegación del INM en la que se presentó el trámite, o bien, debido a alguna situación inusual en el trámite, lo más recomendable es acudir a la delegación en donde presentó su solicitud para presionar que sea resuelta su petición.

      Otra forma de ejercer presión es enviar un correo al responsable del trámite.

      Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda, puede comunicarse conmigo vía Whatsapp al número 5585836236.

      De igual forma, si usted quiere que le apoyemos con el correo electrónico para ejercer presión al responsable del trámite de su esposo, podemos ayudarle.

      Obtén tu Permiso para Trabajar en México

      Saludos.

      Angel Hernández

      a.hernandez@legext.com.mx