• Actividad no remunerada o no lucrativa: Actividad autorizada al extranjero cuando la fuente principal de remuneración, o lugar principal de su negocio y ganancias se encuentra fuera de territorio nacional.

 

  • Actividad remunerada o lucrativa: Actividad autorizada al extranjero cuando la fuente principal de remuneración, o lugar principal de su negocio y ganancias se encuentra en territorio nacional.
  • Acuerdo de readmisión: Acto por el que la Secretaría de Gobernación a través del Instituto Nacional de Migración determina autorizar la internación a México de un extranjero deportado con anterioridad.
  • Alerta migratoria: Aviso que se genera por la coincidencia de personas o documentos registrados en las listas de control migratorio.
  • Autoridad migratoria: Servidor público que trabaja en el Instituto Nacional de Migración y realiza funciones en materia migratoria.
  • Asilado político: Quien solicita el ingreso a México para proteger su libertad o su vida de persecuciones políticas, en los términos de los tratados y convenios internacionales de los cuales sea parte el Estado mexicano.
  • Apátrida: Toda persona que no sea considerada como nacional por ningún País.
  • Apostilla: Es un método simplificado de legalización de documentos para que sean válidos en México y el extranjero. La apostilla sólo es válida entre los países firmantes del Convenio de La Haya.
  • Billete de depósito: Es el documento en el que consta la entrega al Instituto Nacional de Migración de una cantidad en dinero para garantizar el cumplimiento de diversas obligaciones del extranjero en México.
  • Carta de naturalización: Es el documento expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores por el cual se acredita el otorgamiento de la nacionalidad mexicana a los extranjeros.
  • Clave única de registro de población (CURP): Instrumento que permite registrar en forma individual a todas las personas nacionales y extranjeras que residen en México.
  • Condición de estancia: Situación regular de legal estancia del extranjero en atención a su intención de residencia y a la actividad que desarrolla o desarrollará en el País.
  • Constancia de incripción del empleador: Unidad documental que contiene información jurídica, administrativa, contable y legal de las personas físicas o morales asentadas en el territorio nacional que contratan o tienen a su servicio a extranjeros.
  • Cuota: Número máximo de extranjeros para ingresar a trabajar a México, ya sea por actividad económica o zona de residencia.
  • Documento de identidad y viaje: Documento oficial de identidad expedido por un Estado que puede ser utilizado por el titular para viajes internacionales.
  • Documento migratorio: Documento expedido por el Instituto Nacional de Migración que permite a un extranjero acreditar una condición de estancia en México.
  • Entrevista consular: Conversación o serie de preguntas que el funcionario o personal consular hace al extranjero, para que se compruebe si reúne las condiciones y requisitos necesarios para que le sea otorgada una visa.
  • Estación Migratoria: Instalación física del Instituto Nacional de Migración que sirve para alojar temporalmente a los extranjeros que no acrediten su legal estancia en México.
  • Extranjero: Persona que no sea mexicano.
  • Extranjero irregular: Aquella persona que no es mexicana y que carece de autorización migratoria para permanecer en el país.
  • Filtro de revisión migratoria: Espacio ubicado dentro de los lugares destinados al tránsito internacional de personas, ya sea aéreos, terrestres o marítimos, en donde el Instituto Nacional de Migración autoriza o rechaza la internación regular de personas.
  • FMM (Forma Migratoria Múltiple): Documento Migratorio expedido por el Instituto Nacional de Migración que se obtiene en los puntos de internación a México, ya sea por vía aérea, marítima o terrestre.
  • Instituto Nacional De Migración: Órgano administrativo dependiente de la Secretaría de Gobernación, responsable de vigilar la legal estancia de los extranjeros en México y garantizar sus derechos.
  • Legal estancia: Atributo que adquiere un extranjero al momento de internarse a territorio nacional, bajo cualquiera de las Condiciones de Estancia que establece la Ley de Migración y su Reglamento.
  • Legalización: Proceso de certificación de un documento, de forma que sea reconocido oficialmente por México. Los países que pertenecen a la Convención de la Haya lo hacen a través de la Apostilla.
  • Listas de control migratorio: Bases de datos que contienen registros de información generados por las autoridades competentes en el ejercicio de sus atribuciones, integradas y administradas por el Instituto Nacional de Migración.
  • Lugar destinado al tránsito internacional de personas: Espacio físico por el cual se trasladan las personas de un país a otro.
  • Mexicano: Persona que posea las calidades determinadas en el artículo 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • Migración: Acción y efecto de pasar de un lugar a otro para establecerse en él. Desde la perspectiva del Estado soberano se distinguen tres tipos de migración. Emigración, que refiere la salida de personas de un Estado. La Inmigración que refiere la entrada de personas a un Estado y la Transmigración, que refiere el paso por un Estado para dirigirse a un tercero.
  • Migrante: Persona que llega, transita o sale de México desde un País distinto.
  • Nacionalidad: Vínculo jurídico que liga a una persona con un Estado que le reconoce como su nacional.
  • Naturalización: Procedimiento por medio del cual se concede a un extranjero la nacionalidad mexicana a través de la Carta de Naturalización.
  • Niña, niño o adolescente migrante no acompañado: Migrante menor de 18 años de edad, que se encuentre en territorio nacional y que no esté acompañado de un familiar consanguíneo o persona que tenga su representación legal.
  • Obtención y actualización de la constancia de inscripción del empleador: Trámite migratorio por medio del cual las personas físicas o morales, que tienen a su cargo o servicio extranjeros, presentan y actualizan ante la autoridad migratoria la documentación necesaria para la realización de otros trámites migratorios.
  • Oficina consular: Representaciones del Estado mexicano, dependientes de la Secretaría de Relaciones Exteriores, ante el gobierno de otro país.
  • Oficio de salida de la estación migratoria: Resolución que permite la salida de la persona extranjera de la estación migratoria, para iniciar trámites de regularización.
  • Oficio de salida del país: Resolución que expide la autoridad migratoria del lugar destinado al tránsito internacional de personas, que autoriza a la persona extranjera en situación migratoria irregular a abandonar territorio mexicano.
  • Orden de revisión: Acto administrativo que emite la autoridad migratoria a efecto de comprobar la situación migratoria de las personas extranjeras.
  • Orden de visita: Acto administrativo que emite la autoridad migratoria a efecto de confirmar la veracidad de los datos proporcionados en trámites migratorios, cuando se advierta que ha expirado la vigencia de estancia de personas extranjeras en México.
  • Oferta de empleo: Propuesta que realiza una persona física o moral a un extranjero, para la prestación de un trabajo personal subordinado o la prestación de servicios profesionales en México mediante el pago de un salario o retribución.
  • Pasaporte: Documento de viaje expedido por las autoridades de un país, que acredita la identidad y nacionalidad del titular del mismo.
  • Permiso de salida y regreso: Trámite migratorio por el cual el extranjero obtiene autorización por escrito de la autoridad migratoria para salir y regresar al país en un plazo determinado, cuando tiene un trámite pendiente de resolución y no cuenta con forma migratoria que le permita abandonar y regresar a México.
  • Presentación: Medida dictada por el Instituto Nacional de Migración por la cual se acuerda la retención de un extranjero que no acredita su legal estancia en México.
  • Punto de internación: Lugar donde la autoridad migratoria permite o no el ingreso de los extranjeros a México. Los puntos de internación se localizan en los lugares destinados al tránsito internacional de personas, es decir puertos, aeropuertos y fronteras terrestres.
  • Refugiado: Extranjero que se encuentra en México y que sea reconocido como tal por la Secretaria de Gobernación.
  • Regularización migratoria: Trámite migratorio por el cual se otorga legal estancia a extranjeros que se encuentran irregulares en México.
  • Renovación: Trámite migratorio por el cual se autoriza a los extranjeros para continuar su estancia en el país, bajo las mismas circunstancias por las cuales les fue concedida su Condición de Estancia.
  • Retorno asistido: Procedimiento por el que el Instituto Nacional de Migración hace abandonar el territorio nacional a un extranjero, remitiéndolo a su país de origen o de residencia habitual.
  • Remuneración: Percepciones que reciban las personas en México por la prestación de un servicio personal subordinado o por la prestación de un servicio profesional independiente.
  • Revisión migratoria: Acto por el cual la autoridad migratoria, además de los lugares destinados al tránsito internacional de personas, comprueba la situación migratoria de las personas extranjeras en México.
  • Servicio migratorio exterior: Funciones desempeñadas por los delegados de la Secretaría de Gobernación, miembros del Servicio Exterior Mexicano y las demás instituciones que determine la Secretaría de Gobernación. Todos ellos tienen el carácter de auxiliares del Instituto Nacional de Migración y actúan bajo su instrucción.
  • Servicio migratorio interior:Funciones que desempeñan los servidores públicos del Instituto Nacional de Migración adscritos a oficinas centrales, delegaciones y puntos de internación.
  • Situación migratoria: Supuesto en el que se ubica un extranjero por el cumplimiento (Situación Migratoria Regular) o incumplimiento (Situación Migratoria Irregular) de las disposiciones migratorias para su internación y estancia en el país.
  • Tarjeta de residencia: Documento Migratorio que expide el Instituto Nacional de Migración que acredita la situación migratoria regular de residencia temporal o permanente del extranjero.
  • Trámite migratorio: Cualquier solicitud o entrega de información hecha por personas físicas y morales ante la autoridad migratoria, para cumplir una obligación, obtener un beneficio o servicio de carácter migratorio a fin de que se emita una resolución a su petición.
  • Verificación migratoria: Facultad de la autoridad migratoria consistente en vigilar que en México los extranjeros y nacionales estén cumpliendo con la normatividad migratoria.
  • Visa: Autorización que se otorga en una oficina consular y que autoriza al extranjero para internarse a México.
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  • Hola, muy buenas tardes. Me gustaría me pudieran asesorar sobre las entrevistas en los consulados de México en el extranjero. En algunos consulados me aparece la opción de visas, y en otros países, me aparece la leyenda de visas/con permiso del INM. Mi pregunta es la siguiente: es lo mismo….? es decir, visas y visas/con permiso del INM. Cabe mencionar, que algunos países, si dice claramente, visas/ sin permiso del INM. Espero y haya sido claro en mi pregunta y me gustaría me pudieran apoyar.

    • Hola Juan Carlos, existen Visas que se pueden solicitar de manera directa en los Consulados y otras que se solicitan desde México, ésta ultimas son las llamadas “con autorización del INM”

      Un ejemplo de solicitud de Visa que se inicia en los Consulados, es la de estudiante, este tipo de visado sólo se puede pedir en un Consulado. Una Visa por oferta de empleo, su tramite necesariamente inicia en México, y es el INM quien expide un oficio por el cual se autoriza la entrevista.

      Si tienes preguntas me puedes llamarManuel Verdugo al número 5550071574.

      Legext

      Saludos.

      Manuel Verdugo

      manuel.verdugo@legext.com.mx

  • HOLA, BUENAS TARDES. TENGO UNA CONSULTA QUE HACERLES. ESPERO Y ME PUEDAN APOYAR.

    QUIERO HACER O LLEVAR A CABO UNA RENOVACIÓN POR UNIDAD FAMILIAR, CONOZCO TODOS LOS REQUISITOS Y SE DE ANTEMANO, CUAL ES LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA, MI ÚNICA DUDA ES LA SIGUIENTE:

    EL ESPOSO DE MI EXTRANJERA (LA CUAL VA A RENOVAR) VA A SALIR DE VIAJE, POR LO TANTO, NO VA A PODER TENER A LA MANO SU PASAPORTE, PARA CUANDO TENGAMOS QUE REALIZAR LA RENOVACIÓN, ES NECESARIO PRESENTAR EL PASAPORTE, O SOLO CON LA TARJETA DE RESIDENTE DEL ESPOSO SERÍA SUFICIENTE, PARA QUE EL TRÁMITE SEA ACEPTADO POR PARTE DE LA OFICINA DE REPRESENTACIÓN INM.

    ESPERO ME PUEDAN AYUDAR CON MI DUDA.

    DESDE YA, MUCHAS GRACIAS. SALUDOS

    • Juan Carlos, aunque los requisitos no señalan que se deba presentar el pasaporte o la tarjeta, solo refiere a la carta de continuidad firmada por ambos, es posible que la representación pida esos documentos; sin embargo, en estricto no es un requisito.

      Para responder tus preguntas, me puedes llamarManuel Verdugo al número 5550071574.

      Legext

      Saludos.

      Manuel Verdugo

      manuel.verdugo@legext.com.mx

  • HOLA, BUENAS TARDES. QUISIERA SABER CUAL ES EL PROCEDIMIENTO PARA QUE ME PUEDAN CORREGIR EL CURP EN LA TARJETA DE RESIDENTE, YA QUE EN LA TARJETA DE LA MAMÁ PUSIERON EL CURP DE LA HIJA Y EN EL DE LA HIJA EL CURP DE LA MAMÁ. DE ANTEMANO LES AGRADEZCO EL APOYO.

    • Juan Carlos buenos días, las personas deben presentarse en la oficina de migración en donde se expidieron sus tarjetas, las oficinas de migración tienen una oficinas de la RENAPO, que es quien puede hacer la corrección que comentas.

      Somos una Firma dedicada a la consultoría y realización de trámites migratorios, me puedes contactar por WhatsAppManuel Verdugo al número 5550071574.

      Legext

      Saludos.

      Manuel Verdugo

      manuel.verdugo@legext.com.mx

  • Hola, hay alguna forma de postularse en alguna de esas empresas que aceptan extranjeros? O tener contacto?

    • Buen día Zzhuilen, en relación con su consulta le comento que no existe un listado de empresas inscritas como empleadores de extranjeros ante el INM, por lo que lo mejor es acercarse a ellas para que le indiquen si pueden o no ofertarle empleo.

      Espero que esta información te sea útil y si tienes alguna duda puedes comunicarte conmigo por Whatsapp Angel Hernández al número 5585836236.

      logo_firma

      Saludos.

      Ángel Hernández

      a.hernandez@legext.com.mx

  • Hola buen día para una persona que quiere residencia en México de ecuador que necitamos y adonde ay que ir

    • Buen día Cruz Elena, para obtener la residencia temporal es necesario contar con una oferta de empleo extendida por persona física o empresa que se encuentre inscrita como empleador de extranjeros ante el Instituto Nacional de Migración (INM), siendo lo más recomendable que el empleador solicite la obtención de visa por oferta de empleo desde México ante el INM.

      Otra forma de obtener la residencia temporal es tener un vínculo familiar al estar casado con persona mexicana o extranjera con legal estancia en México, o para el caso de la Residencia Permanente, tener un hijo mexicano.

      Espero que esta información te sea útil y si tienes alguna duda puedes comunicarte conmigo por Whatsapp Angel Hernández al número 5585836236.

      logo_firma

      Saludos.

      Ángel Hernández

      a.hernandez@legext.com.mx

  • Cuando hablan de oferta laboral, ¿A qué se refieren específicamente? Alguna carta de compromiso de la empresa, o sólo la oferta laboral que aparezca en internet y que la empresa esté inscrita?
    Por favor, me pueden dar todos los detalles posibles.

    Gracias!

    • Katherine, la oferta de laboral es el documento por el cual un empleador mexicano registrado ante el INM manifiesta de manera expresa su voluntad y compromiso de contratar a un extranjero. Como tal, es un documento que se expide en hoja membretada del empleador y que materialmente es firmado por el representante legal de una empresa, esto es, no se trata de una oferta laboral que aparezca en internet.

      La carta oferta de trabajo, se redacta cumpliendo con los requisitos previstos en las leyes migratorias; como por ejemplo, que la actividad por la que se pretende contratar al extranjero se encuentre clasificada dentro del Sistema Nacional de Clasificación de Ocupaciones (SINCO) expedido por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía INEGI.

      Espero que la información sea de utilidad, si tienes dudas puedes comunicarte conmigo por Whatsapp al número 5550071574.

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      Saludos.

      Manuel Verdugo

      manuel.verdugo@legext.com.mx

  • Hola buen día quiero ir a México para casarme como le podría hacer?

    RESPUESTAS-LEGEXT: Kathia buen día, saliendo y entrando al país.

    También, te puedes casar sin tener legal estancia, pero debe ser en una Oficina del Registro Civil en donde no sea un requisito.

    Si tienes dudas , llámame al 55 50071574 WhatsApp

    Manuel Verdugo