Avisos de notificación de Cambios del Estado Civil, Nombre o Nacionalidad, Domicilio o Lugar de Trabajo

Enero 2023

 

REGULARIZACIÓN MIGRATORIA.

ACTUALIZACIÓN AL REGISTRO NACIONAL DE EXTRANJEROS

 

El INM regulariza la situación migratoria de los extranjeros que ingresaron México  y/o  tuvieron un documento migratorio antes del 01 de enero del 2021, y a la fecha el documento haya vencido.

 

Los requisitos para la regularización haciendo valer la Actualización al Registro Nacional de Extranjeros, son mínimos: 

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Todo extranjero con Condición de Estancia de Residente Temporal, Residente Temporal Estudiante o Residente Permanente, está obligado a comunicar al INM, los cambios de estado civil, nombre o nacionalidad, domicilio o lugar de trabajo, dentro de los 90 días naturales posteriores a que ocurra dicho cambio.

Siendo importante aclarar que, los 90 días NO se cuentan, por ejemplo, a partir de que la persona extranjera deja de prestar sus servicios a un empleador, el cómputo inicia a partir de la fecha en la que se actualiza el cambio.

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En la siguiente sección de Consultas, antes de hacer la tuya, te recomendamos leer las dudas que otras personas tienen.

Las Consultas que hagas  NO se responden de manera idéntica a otra, porque cada asunto es distinto,  pero si nos ayuda que tu consulta la realices de manera clara.

  • Hola, por desconocimiento no realicé la notificación por cambio de domicilio. Dicho cambio fue en agosto del 2020. Además de tener que realizar el trámite de cuánto sería la multa y cómo puedo pagarla? Cuáles son los ACUERDOS del 1 de abril y 27 de mayo del 2020 que haces referencia en tu artículo? Muchas gracias!!!

    • Buen día Roberto, los acuerdos del 1 de abril y del 27 de mayo de 2020 se refieren a la suspensión de términos que actualmente se encuentra vigente para la presentación de trámites migratorios de los Residentes Temporales y Permanentes, por lo que no hay aplicación de multas por no dar aviso al INM de cambio de lugar de trabajo, de domicilio, de nacionalidad, de nombre o del estado civil.

      Por lo anterior, le sugiero que realice su trámite lo antes posible, ya que no se sabe cuando dejaran de ser vigentes los acuerdos antes mencionados.

      Espero que esta información te sea útil y si tienes alguna duda puedes comunicarte conmigo por Whatsapp o llamándome al número 5585836236.

      Somos una Firma dedicada a la consultoría y realización de trámites migratorios.

      Saludos.

      Ángel Hernández

      a.hernandez@legext.com.mx

    • Buenas noches Lic.

      Siguen en vigencia los acuerdos del 1 de abril y del 27 de mayo de 2020? Adicionalmente, debo notificar el cambio de mi lugar de trabajo, sin embargo tengo una duda, la sede principal de mi trabajo se encuentra en la CDMX (y es la dirección que figura en la constancia laboral que me entregaron para hacer este tramite) pero lo cierto es que yo resido en MTY y trabajo en la sede MTY. Esto me pude generar inconvenientes al realizar el tramite? que me sugiere que debo hacer?

    • Buen día Marine, los acuerdos siguen vigentes, de hecho no tienen una vigencia definida y por lo mismo pueden dejar de estar vigentes de un momento para otro.

      Ahora bien, por lo que hace al cambio de lugar de trabajo, la legislación migratoria vigente señala lo siguiente: «El trámite migratorio deberá presentarse ante la oficina de atención a trámites del Instituto que corresponda al domicilio del interesado, o al domicilio de su trabajo cuando éstos no coincidan en la misma circunscripción territorial de una oficina migratoria.», lo que indica que puede presentar su trámite en las oficinas de Monterrey o de la CDMX.

      No obstante lo anterior y toda vez que el INM tiene criterios diferentes en sus representaciones estatales, lo más adecuado es que si la sede del lugar de trabajo se encuentra en la CDMX será presentar el trámite en la representación del INM en la CDMX.

      Espero que esta información te sea útil y si tienes alguna duda puedes comunicarte conmigo por Whatsapp Angel Hernández o llamándome al número 5585836236.

      Somos una Firma dedicada a la consultoría y realización de trámites migratorios.

      Legext

      Saludos.

      Ángel Hernández

      a.hernandez@legext.com.mx

    • Muy claros sus comentarios Lic. Muchas Gracias!

  • Buenos días.

    Voy a realizar la notificación de cambio de domicilio, mi duda consiste en si es necesario algún recibo de servicio para dicha notificación?

    • Sueling buen día, no es necesario presentar un recibo, los requisitos del trámite no lo exigen, lo que si necesitas es una carta firmada en la que bajo protesta de decir verdad manifiestes el cambio de nuevo domicilio, señalando expresamente el anterior y el nuevo.

      Te recuerdo que la notificación del cambio debe hacerse dentro de los siguientes 90 días naturales a que ocurra el mismo. En caso de no hacerlo así te harías acreedora a una multa.

      Somos una Firma dedicada a la consultoría y realización de trámites migratorios, para responder tus dudas me puedes contactar por WhatsAppManuel Verdugo y/o llamar al número 5550071574.

      Legext

      Saludos.

      Manuel Verdugo

      manuel.verdugo@legext.com.mx

  • Buenas tardes.

    Soy residente permanente en México. Vivo en la CDMX y pronto cambiaré mi domicilio (Querétaro).

    Tengo una duda: ¿la notificación de cambio de domicilio debo realizarla ante el INM en la CDMX o en las oficinas de Querétaro?

    Gracias por su respuesta.

    • Buen día Marie, el aviso de cambio de domicilio se debe hacer en la representación del INM que corresponda a su nuevo domicilio siendo en este caso en Querétaro.

      Espero que esta información te sea útil y si tienes alguna duda puedes comunicarte conmigo por Whatsapp Angel Hernández al número 5585836236.

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      Saludos.

      Ángel Hernández

      a.hernandez@legext.com.mx

  • COMUNICADO 4 COVID 19

    Derivado del vencimiento de los 180 días de la conocida Visa de Turista, Visa de Visitante o Forma Migratoria Múltiple por la pandemia generada por el COVID 19, el INM establece la ampliación del término de 180 días de legal estancia en México para la persona extranjera que realice el trámite de Regularización por Razones Humanitarias de la Forma Migratoria Múltiple.

    La Regularización por Razones Humanitarias, otorga el derecho a la persona extranjera de permanecer en México por otros 180 días sin el temor de estar de manera ilegal en México.

    Los requisitos para la Regularización por Razones Humanitarias de la estancia en México y en consecuencia la ampliación de los 180 días como visitante/turista, son sencillos.

    https://www.legext.com.mx/regualarizacion-por-razones-humanitarias-de-situacion-migratoria-en-mexico-para-los-visitantes-turistas/

  • COMUNICADO 3 COVID 19

    No dejes vencer la vigencia de tu tarjeta migratoria. No obstante la contingencia, el INM sigue recibiendo a trámites la renovación de tarjetas migratorias; lo que significa, que una vez que la situación se normalice NO va a existir prórroga para renovar tarjetas vencidas.

    Lo mismo sucede con todos los trámite iniciados antes de la contingencia. Debes seguir pendiente de las notificaciones que el INM te haga, dando cumplimiento a lo que se te pida.

    Si deseas que te apoyemos con la renovación de tu tarjeta migratoria o cualesquier otro tramite, háznoslo saber. Gracias

    • COMUNICADO 3 COVID 19

      No dejes vencer la vigencia de tu tarjeta migratoria. No obstante la contingencia, el INM sigue recibiendo a trámites la renovación de tarjetas migratorias; lo que significa, que una vez que la situación se normalice NO va a existir prórroga para renovar tarjetas vencidas.

      Lo mismo sucede con todos los trámite iniciados antes de la contingencia. Debes seguir pendiente de las notificaciones que el INM te haga, dando cumplimiento a lo que se te pida.

      Si deseas que te apoyemos con la renovación de tu tarjeta migratoria o cualesquier otro tramite, háznoslo saber. Gracias

  • COMUNICADO 2 COVID-19

    Las oficinas del INM continúan prestando el servicio para la presentación de trámites en general.

    Con las adecuaciones a cada asunto, seguimos prestando el servicio para la presentación de trámites en la CDMX y San Luis Potosí.

    Atentamente

    LEGEXT

  • COMUNICADO COVID-19

    No obstante el Gobierno anuncio el cierre de oficinas federales, algunas representaciones del Instituto Nacional de Migración aún prestan el servicio en sus oficinas de forma restringida.

    Lo anterior, significa que los términos de vigencia de las tarjetas migratorias y otros trámites no se han detenido y se deben presentar las solicitudes correspondientes a cada caso en concreto, por lo que es latente el riesgo de que una vez normalizada la situación derivada del COVID-19, el INM haga más complicado los tramites no presentados en tiempo.

    En el caso de la Oficina de Representación en la CDMX, esta atiende con aproximadamente 50 turnos/o fichas al día, lo cual establece la posibilidad de presentar los tramites con vencimiento en tiempo, aunque con algunos problemas derivados de la limitación de tramites a presentar.

    Con las adecuaciones a cada asunto, seguimos prestando el servicio para la presentación de trámites en la CDMX y San Luis Potosí.

    Atentamente

    LEGEXT

  • ¿Están abiertas las oficinas Instituto Nacional de Migración?

    • El Instituto Nacional de Migración, si está prestando el servicio para la recepción de trámites, esto significa que los términos para la presentación de trámites con vigencia no se ha detenido.

      Por lo anterior, la recomendación es no dejar vencer los plazos para la presentación de los trámites que tengan aparejado vencimiento.

      El Instituto Nacional de Migración, está prestando el servicio de manera restringida; por ejemplo, la Oficina de Representación en la CDMX atiende 50 tunos/o fichas al día.

      Con la salvedad para cada asunto, sigo prestando el servicios para la presentación de trámites en la CDMX.

      Me puedes contactar por E-mail o WhatsApp, al número 5550071574.

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      Saludos.

      Manuel Verdugo

      manuel.verdugo@legext.com.mx

  • Hola,

    Voy a solicitar la renovación y al mismo tiempo dar aviso de mi cambio de domicilio… ¿a qué delegación del INM debe acudir a la que me correspondía con mi domicilio anterior o al nuevo domicilio? Gracias.

    • Buen día Midori, el trámite se debe presentar en la delegación del INM que corresponda a su nuevo domicilio ya que si su nuevo domicilio y su anterior domicilio se encuentran en estados de la república mexicana distintos muy lejanos, por ejemplo Chiapas (domicilio anterior) y Nuevo León (nuevo domicilio), sería muy difícil que se traslade de Nuevo León a Chiapas.

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      Saludos.

      Angel Hernández

      a.hernandez@legext.com.mx

  • Hola de antemano les doy las gracias por ayudar a todos los que tenemos muchas inquietudes sobre estos temas de migración, mi caso es el siguiente: yo obtuve mi residencia permanente por unidad familiar (por mi hija) en el 2016 al año de tenerla conoci a mi actual esposo él es mexicano de nacimiento pero reside en Estados Unidos y es ciudadano de dicho país, yo en una visita que le hice me quedé y me casé con él aqui en los estados unidos en marzo del 2018, volvi a entrar a México hace 1 año (enero 2019) planeaba ir entre febrero y marzo para tener presencia y que no me quitaran mi residencia pero acabo de ver que mi pasaporte venezolano se vence en mayo 2020 tengo que solicitar prórroga y la debo hacer en México pero no se si pueda entrar porque no cumplo con los tales 6 meses de vigencia, cree usted que podría hacerlo? Aparte de este inconveniente, que debo hacer para poner todo en orden en relación a mi status, agradecería muchisimo me puedan ayudar y sobretodo orientarme puesto que estoy muy confundida. Gracias!

    • Buen día Celeste, para el caso del pasaporte, lo mejor sería verificarlo con la linea aérea con la que va a viajar ya que ellos son el filtro para internarse a un país.

      Ahora bien, por lo que hace a la residencia permanente es preciso señalar que las condiciones de estancia no se pierden por temporalidad, es decir, no se pierde por permanecer cierto tiempo fuera de México.

      Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda puede comunicarse conmigo al correo electrónico que aparece en mi firma.

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      Saludos.

      Angel Hernández

      a.hernandez@legext.com.mx